El gobierno nacional dispuso incrementar el salario mínimo de manera unilateral tras no alcanzar acuerdo en la reunión entre gremios y empresarios.
El Gobierno ordenó incrementar el Salario Mínimo, Vital y Móvil desde los $202.800 de marzo a $234.315,12 a partir del 1 de mayo. En el medio, se determinó también la suba de abril.
Debido a la falta de acuerdo en la reunión del Consejo del Salario, la Secretaría de Trabajo publicó esta noche la resolución 9 en el Boletín Oficial para determinar la suba que regirá para el SMVM en los meses de abril y mayo.
Al respecto, la reglamentación señala que el valor del salario mínimo “a partir del 1° de Abril de 2024, en PESOS DOSCIENTOS VEINTIUN MIL CINCUENTA Y DOS ($ 221.052.-) para todos los trabajadores mensualizados que cumplen la jornada legal completa de trabajo, conforme el artículo 116 del Régimen de Contrato de Trabajo aprobado por la Ley N° 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias (…)”. Además, determinó el valor de la hora para los trabajadores jornalizados en $1105,26.
En tanto que desde el 1° de Mayo de 2024, el valor que rige para el SMVM es de $234.315,12 “para todos los trabajadores mensualizados que cumplen la jornada legal completa de trabajo, conforme el artículo 116 del Régimen de Contrato de Trabajo aprobado por la Ley N° 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias, con excepción de las situaciones previstas en los artículos 92 ter y 198, del mismo cuerpo legal, que lo percibirán en su debida proporción”. Asimismo, el jornal se ubica en $1171,58.
Asimismo, determinó que la Prestación por Desempleo prevista en el artículo 118 de la Ley Nº 24.013, para los trabajadores convencionados o no convencionados, “será equivalente a un SETENTA Y CINCO POR CIENTO (75%) del importe neto de la mejor remuneración mensual, normal y habitual del trabajador en los seis (6) meses anteriores al cese del contrato de trabajo que dio lugar a la situación de desempleo”. De esta manera, el monto mínimo de la Prestación por Desempleo quedó en 117.157,56$.